sábado, 16 de marzo de 2024

Quinto domingo. Cuaresma. Ciclo B

 


El sacramento  de la Reconciliación es llamado por los Santos Padres segunda conversión, porque en el bautismo se realizó la primera conversión,  sustancial y total que convierte al hombre, nacido con el pecado de origen, en cristiano, hijo de Dios por la gracia, de manera que queda convertido en persona divinizada: su cuerpo en templo vivo del Espíritu Santo y su alma en sagrario de la Santísima Trinidad.

El sacramento de la Penitencia, segunda conversión, convierte al cristiano, que se encuentra en estado de pecado mortal, en cristiano en gracia; y al cristiano que recibe el sacramento en estado de gracia en cristiano santificado.

Este  sacramento no fue instituido  por determinación de un Papa de la Historia, ni por un acuerdo de un concilio ecuménico, ni por un consenso de teólogos o un sentir de la Iglesia, sino por Jesucristo, como los otros seis sacramentos: “En la tarde de Pascua, el Señor Jesús se apareció a sus discípulos y les dijo: “Recibid el Espíritu Santo. A quienes perdonéis los pecados, les quedan perdonados; a quienes se los retengáis, les quedan retenidos” (Jn 20,22-23).

Es cierto que Dios puede perdonar, y de hecho perdona, los pecados de los hombres de muchas maneras que no conoce la teología católica y que pertenecen al misterio del amor de Dios, infinitamente misericordioso. Pero “la confesión individual e íntegra de los pecados graves seguida de la absolución es el único medio ordinario para la reconciliación con Dios y con la Iglesia” (Cat 1497).

En el sacramento de la Penitencia celebramos el amor de Dios, hecho  misericordia de divina en sacramento. En él podemos distinguir tres personas importantes: la persona divina de Jesús que perdona, la persona del sacerdote que administra el perdón en la persona de Cristo y la persona del pecador que confiesa sus pecados.

El pecador confiesa sus pecados, según los conoce y están en su conciencia; el sacerdote escucha los pecados del penitente, a quien no conoce, o del que desconoce la personalidad constitutiva y psicológica, y todas las circunstancias en que comete cada uno de los pecados que confiesa, y los absuelve; y Jesucristo, persona divina, es quien conoce con misericordia infinita al pecador en su ser y obrar, sus circunstancias y los pormenores de cada pecado; y es el que realmente perdona.

El sacramento de la Penitencia es, en definitiva, un encuentro sacramental con Cristo, Dios rico en misericordia, que perdona todos los pecados del penitente, lo reconcilia con la Iglesia a la que ha ofendido con su pecado, el mayor mal que existe en el mundo, y le hace volver a la comunión con Dios y con los hermanos. 

El sacramento de la Penitencia está constituido por el conjunto de cuatro actos; tres realizados por el penitente, y uno por el sacerdote confesor. Los actos de penitente son: el arrepentimiento o dolor de los pecados, la confesión o manifestación de los pecados al sacerdote y la satisfacción o el propósito de realizar la reparación y las obras de penitencia (Cat 1491). 

- Arrepentimiento o dolor de los pecados     

El dolor de los pecados es una aversión respecto a los pecados cometidos, y el propósito firme de no volver a pecar, con la esperanza en la misericordia divina (Cat 1490).

Es decir, sentir pena de haber ofendido a Dios y el propósito de no querer ofender a Dios, teniendo en cuenta las condiciones del pecador.

La pena de haber ofendido a Dios no es un sentimiento en la parte sensible del hombre, que en algunos casos puede ser sentimentalismo humano o psíquico, sino un dolor de corazón o de reflexión espiritual de haber ofendido a Dios, con sensibilidad física o sin ella,  en la parte espiritual del hombre.

El arrepentimiento o dolor de los pecados (llamado también contrición) debe estar inspirado en motivaciones que brotan de la fe. Si el arrepentimiento es concebido por amor de caridad hacia Dios, se llama “perfecto”; si está fundado en otros motivos, como por ejemplo por la fealdad del pecado, temor al castigo u otros motivos humanos se llama “imperfecto”. 

La confesión o manifestación de los pecados al sacerdote 

El que quiere obtener la reconciliación con Dios y con la Iglesia debe confesar al sacerdote todos los pecados graves  que no ha confesado aún y de los que se acuerda tras examinar cuidadosamente su conciencia. Sin ser necesario, de suyo, la confesión de las faltas veniales está recomendada vivamente por la Iglesia (Cat 1493). Se necesita tener fe en el perdón de los pecados, no en confesarlos, puesto que los pecados se pueden comunicar a un hombre, por ejemplo psicólogo o psiquiatra con el fin de conseguir la curación.

Tanto el sacerdote como el penitente tienen que tener fe: el sacerdote para creer que perdona los pecados que el penitente ha cometido contra Dios, a quien ha ofendido; y el penitente para creer que Dios perdona sus pecados por medio de un hombre, que tiene el poder de perdonarlos. ¿Quién tiene que tener más fe? Acaso el sacerdote, porque siendo hombre pecador, como el penitente, se cree que perdona las ofensas que otro hombre ha hecho a Dios y no a él. 

La satisfacción o propósito de corregirse             

Es el deseo firme de no volver a pecar. Se puede dar el caso de que un pecador tenga la triste desgracia del hábito del pecado grave, y al confesar, tiene arrepentimiento de su estado de pecado y no quiere volver a pecar, pero conociendo su debilidad sabe que, sin querer, va a cometer otra vez el mismo pecado. ¿Qué hacer? Confesar, hacer lo que pueda en la lucha contra el pecado, y pedir a Dios su infinita misericordia. Y Dios que conoce el secreto íntimo de su corazón, las causas y circunstancias de sus pecados, las debilidades y motivaciones que tiene al pecar, perdonará los pecados de este pecador que se encuentra en tan triste situación; y hará con él lo que mejor convenga. 

Efectos espirituales de la Penitencia 

Los efectos espirituales del sacramento de la Penitencia son:

- la recuperación de la gracia perdida por el pecado grave;

- la reconciliación con la Iglesia;

- la remisión de la pena eterna contraída por los pecados mortales;

- la remisión, al menos en parte, de las penas temporales, consecuencia del pecado;

- la paz y la serenidad de la conciencia y el consuelo espiritual

- el acrecentamiento de las fuerzas espirituales para el combate cristiano. 

Todos los que hemos venido esta tarde a la Iglesia a celebrar el gran acontecimiento de la misericordia de Dios, avivemos nuestra fe en el sacramento de la penitencia, hagamos con devoción un examen sincero y fervoroso de nuestros pecados, acerquémonos con fe y confianza al sacerdote para que nos perdone, y esperemos el perdón de Dios, que brota de la misericordia divina, hecha sacramento.

           

 

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